DICCIONARIO MÉDICO
Derogación del secreto médico
Abolición de la obligación de guardar el secreto médico por imperativo legal (lesiones que puedan ser consecuencia de la comisión de un delito) o para evitar daños a otras personas (p. ej., obsesiones paranoides agresivas) siempre o si el paciente se niega a desvelarlo personalmente (p. ej., existencia de enfermedades contagiosas graves). En estos casos, el secreto solo debe desvelarse a la autoridad competente o a las personas en peligro. Aunque estos tomen las medidas oportunas para evitar el daño, tienen obligación de guardar el secreto desvelado por el médico.