DICCIONARIO MÉDICO

Enajenación

La enajenación es un término médico-legal que designa el estado de perturbación mental en el que una persona pierde parcial o totalmente el contacto con la realidad y, en consecuencia, la capacidad de comprender sus actos o de gobernar su voluntad. Su uso más frecuente se da en el ámbito de la psiquiatría forense y del derecho penal.

Qué es la enajenación

El vocablo procede del latín alienatio, derivado de alienus («ajeno», «de otro»), que a su vez viene de alius («otro»). En su sentido médico, enajenarse equivale a quedar fuera de sí, a convertirse en otro respecto de la propia identidad psíquica. La RAE recoge una acepción jurídica precisa: «estado mental de quien no es responsable de sus actos; puede ser permanente o transitorio».

Históricamente, la palabra se utilizó como sinónimo genérico de locura. Philippe Pinel, en su Traité médico-philosophique sur l'aliénation mentale (1801), empleó aliénation para englobar todas las formas de trastorno psíquico grave, y esa tradición perduró en la medicina española del siglo XIX bajo la forma «enajenación». Con el avance de la nosología psiquiátrica, el término fue perdiendo vigencia clínica: hoy se prefieren categorías diagnósticas específicas (psicosis, trastorno delirante, demencia) en lugar de una etiqueta global.

Pervivencia del concepto en el derecho

Donde la enajenación conserva pleno vigor es en el ordenamiento jurídico. El antiguo Código Penal español la recogía como circunstancia eximente de responsabilidad criminal. El Código vigente (L.O. 10/1995) sustituyó la expresión «enajenación» por «anomalía o alteración psíquica» en su artículo 20.1, pero la jurisprudencia sigue empleando el término con frecuencia, y el Diccionario panhispánico del español jurídico de la RAE lo define como «eximente, completa o incompleta, por trastorno mental al tiempo de cometer la infracción criminal».

En el ámbito civil, la enajenación puede dar lugar a la restricción de la personalidad jurídica y a la constitución de medidas de apoyo o tutela, conforme a la Ley 8/2021 de reforma de la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad.

Diferenciación con términos próximos

Conviene no confundir la enajenación como concepto psiquiátrico-legal con la alienación en sentido filosófico o sociológico. Karl Marx utilizó Entfremdung para describir el extrañamiento del trabajador respecto del producto de su trabajo, y la psicología humanista ha empleado «alienación» para referirse a la desconexión emocional de la propia experiencia. Estos usos, aunque comparten raíz etimológica, no implican alteración de las facultades mentales ni tienen relevancia forense.

Tampoco debe equipararse de forma automática con la enajenación mental, que en la terminología jurídica clásica se reserva para los estados de perturbación lo bastante graves como para anular la imputabilidad. La enajenación, sin el calificativo «mental», puede referirse también a la transmisión de un bien o derecho (enajenación patrimonial), acepción que pertenece al derecho privado y carece de contenido psiquiátrico.

Preguntas frecuentes

¿De dónde viene la palabra «enajenación»?

Del latín alienatio, formado sobre alienus («ajeno»). La idea nuclear es quedar fuera de sí mismo, perder la propia identidad psíquica. En francés se mantuvo como aliénation, y Philippe Pinel la consagró en 1801 como término médico para la locura.

¿Se sigue usando en psiquiatría actual?

Apenas. La psiquiatría contemporánea emplea categorías diagnósticas definidas en la CIE y el DSM. «Enajenación» persiste como concepto jurídico y como término histórico, pero no aparece en las clasificaciones clínicas vigentes.

¿Es lo mismo enajenación que locura?

En el uso coloquial, sí se han empleado como sinónimos. En rigor, «locura» nunca fue un término médico codificado, mientras que «enajenación» tuvo un uso técnico tanto en derecho como en la psiquiatría del siglo XIX. Hoy ninguno de los dos figura en las nosologías oficiales.

Referencias

  1. Real Academia Española. Enajenación. Diccionario de la lengua española.
  2. Real Academia Española. Enajenación mental. Diccionario panhispánico del español jurídico.
  3. Real Academia Nacional de Medicina de España. Enajenación mental. Diccionario de términos médicos.
  4. Organización Mundial de la Salud. Salud mental: fortalecer nuestra respuesta. Notas descriptivas OMS.

Entradas relacionadas en el diccionario

Si desea profundizar en conceptos vinculados a la enajenación, puede consultar las siguientes definiciones del Diccionario médico:

  • Enajenación mental: forma específica de enajenación con relevancia penal por anulación de la imputabilidad.
  • Alienación: concepto psicológico y filosófico de desapego o distanciamiento de la realidad.
  • Psicosis: estado de desconexión con la realidad, con delirios o alucinaciones, que puede constituir base de enajenación en sentido forense.
  • Salud mental: estado de bienestar psicológico definido por la OMS, cuya alteración grave puede derivar en enajenación.

La información proporcionada en este Diccionario Médico de la Clínica Universidad de Navarra tiene como objetivo principal ofrecer un contexto y entendimiento general sobre términos médicos y no debe ser utilizada como fuente única para tomar decisiones relacionadas con la salud. Esta información es meramente informativa y no sustituye en ningún caso el consejo, diagnóstico, tratamiento o recomendaciones de profesionales de la salud. Siempre es esencial consultar a un médico o especialista para tratar cualquier condición o síntoma médico. La Clínica Universidad de Navarra no se responsabiliza por el uso inapropiado o la interpretación de la información contenida en este diccionario.
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