DICCIONARIO MÉDICO
Acto negativo
El acto negativo es la conducta humana consistente en abstenerse voluntariamente de hacer algo que el sujeto podría haber hecho. Pertenece al mismo género que el acto positivo (la realización efectiva de una conducta) y, como él, puede valorarse desde la psicología, la ética y el derecho. Su equivalente más reconocido en el lenguaje jurídico es la omisión. Se llama acto negativo a la unidad de conducta en la que el sujeto, pudiendo realizar una determinada acción, opta voluntariamente por no realizarla. No es un simple no hacer: para que la abstención sea un acto, hace falta que el sujeto tenga capacidad real de actuar y que esa abstención proceda de su voluntad. Cuando alguien no socorre a quien podría socorrer, no responde a una pregunta cuando podría haberlo hecho o no cumple una promesa cuando podía cumplirla, despliega un acto negativo. El adjetivo procede del latín negativus, derivado del verbo negare ("decir que no, negar, rehusar"). La raíz se rastrea hasta el indoeuropeo *neg-, una de las marcas más antiguas de la negación en lenguas indoeuropeas. La voz omisión, por su lado, viene de omissio, sustantivo formado sobre omittere, verbo compuesto por ob- y mittere, con el sentido de "dejar a un lado, enviar fuera, descuidar". Ambas voces conviven en castellano desde el siglo XV. La distinción entre actos positivos y actos negativos es antigua. La filosofía escolástica ya consideraba la abstención voluntaria como una forma de acto humano, susceptible de cualificación moral. El derecho penal contemporáneo la ha precisado todavía más al distinguir los delitos por acción (donde el sujeto hace algo prohibido) y los delitos por omisión (donde el sujeto deja de hacer algo a lo que estaba obligado). En la teoría general de la conducta, los actos humanos se reparten en dos grandes categorías. Los actos positivos son aquellos en los que el sujeto realiza efectivamente una acción: caminar, hablar, escribir, golpear, prescribir. Los actos negativos consisten en abstenerse: callar cuando se podría hablar, no socorrer pudiendo hacerlo, no cumplir un deber que el sujeto reconoce. Las dos categorías comparten un mismo género (la conducta humana) y se diferencian por el modo: hacer o no hacer. Tres condiciones suelen exigirse para que una abstención cuente como acto negativo en sentido propio. La primera es la capacidad: el sujeto tiene que poder realizar la acción que no realiza. La segunda es la voluntariedad: el no hacer ha de proceder de su elección, no de un impedimento ajeno. La tercera, presente sobre todo en el ámbito jurídico, es la existencia de un deber de actuar: solo cuando hay obligación de hacer (legal, contractual, moral, profesional) la omisión adquiere todo su peso normativo. Sin obligación no hay omisión en sentido fuerte; hay simplemente no actuar. La medicina convive con esta pareja conceptual con cierta frecuencia. Una decisión clínica puede consistir en hacer algo (prescribir, intervenir, derivar) o en no hacerlo cuando estaba indicado. La medicina legal evalúa las dos posibilidades con criterios distintos. Un acto positivo se juzga por su corrección técnica, su oportunidad y su proporcionalidad. Un acto negativo se juzga, además, por la existencia o no de obligación de actuar y por la posibilidad real de haberlo hecho en aquellas circunstancias. El acto negativo no debe confundirse con el simple no actuar. Quien no socorre a alguien que se ahoga, pero está a kilómetros del lugar, no comete acto negativo: le falta la capacidad de actuar. Quien no responde a una pregunta porque está inconsciente tampoco realiza un acto negativo: le falta la voluntariedad. Hay muchas formas de no hacer que no constituyen acto en sentido alguno, simplemente porque a la abstención le falta alguno de los elementos que la harían imputable. Tampoco coincide con el negativismo de la psiquiatría clásica. Karl Kahlbaum y, sobre todo, Eugen Bleuler describieron en el siglo XIX y comienzos del XX un síntoma consistente en oponerse activamente o pasivamente a cualquier solicitud externa, sin motivo aparente, propio de algunos cuadros catatónicos. Ese negativismo es un signo clínico de un trastorno; el acto negativo, en cambio, es una categoría general de la teoría de la acción que se aplica a cualquier conducta humana, sana o patológica. Hay otra distinción útil. El acto negativo es una unidad de conducta puntual: el sujeto se abstiene aquí y ahora. La conducta de evitación, en cambio, designa un patrón sostenido en el tiempo, formado por muchos actos negativos coordinados. Quien decide, en un momento dado, no responder a un mensaje realiza un acto negativo; quien lleva meses evitando sistemáticamente a una persona despliega una conducta de evitación. Del latín negativus, derivado del verbo negare ("decir que no, negar, rehusar"). La raíz se remonta al indoeuropeo *neg-, marcador antiguo de la negación. La voz pasó al castellano con su sentido lógico y, con el tiempo, fue aplicándose también al campo de la conducta para describir aquellos actos que consisten precisamente en no hacer. En el lenguaje técnico se usan casi como sinónimos, pero hay matices. El acto negativo es el término más general, que pertenece a la teoría de la acción y se aplica a cualquier abstención voluntaria. La omisión añade un componente normativo: suele implicar que el sujeto tenía un deber de actuar y no lo cumplió. En el derecho penal, omisión es prácticamente sinónimo de acto negativo punible. Sí. Que no haga nada no significa que no haga nada moralmente relevante. La tradición ética distingue entre actos malos por comisión (hacer lo que no se debe) y actos malos por omisión (dejar de hacer lo que se debe), y considera ambas categorías susceptibles de reproche cuando concurren capacidad, voluntariedad y obligación. La medicina lo sabe bien: omitir un cuidado debido puede ser tan grave como hacer un mal cuidado. En todo. El acto negativo es una categoría general de la teoría de la acción y se refiere a cualquier abstención voluntaria. El negativismo, descrito por Kahlbaum y por Bleuler, es un síntoma clínico observado en algunos cuadros psiquiátricos, en el que el sujeto se opone de forma sistemática y sin motivo a las solicitudes externas. Uno es un concepto descriptivo de la conducta humana en general; el otro, un signo de psicopatología específica. Si desea profundizar en los conceptos asociados al acto negativo, puede consultar las siguientes entradas del diccionario:Qué es el acto negativo
Acto positivo y acto negativo: una pareja conceptual
Diferenciación con conceptos próximos
Preguntas frecuentes
¿De dónde viene la palabra negativo?
¿Es lo mismo acto negativo que omisión?
¿Un acto negativo puede ser éticamente reprochable?
¿En qué se diferencia del negativismo en psiquiatría?
Referencias
Entradas relacionadas en el diccionario
Infografías realizadas con https://BioRender.com
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