DICCIONARIO MÉDICO

Consultor de ética

El consultor de ética es un profesional con formación específica en bioética que asesora a los equipos asistenciales, a los pacientes y a sus familias cuando surge un conflicto ético durante la práctica clínica. Su labor consiste en facilitar la deliberación, no en imponer decisiones.

Qué es un consultor de ética clínica

El término consultor proviene del latín consultor, -ōris, derivado de consulĕre (deliberar). En el contexto sanitario, el consultor de ética no es un juez ni un árbitro. Su función se acerca más a la de un mediador experto que ayuda a los implicados a identificar los valores en juego, analizar las opciones disponibles y proponer un curso de acción éticamente justificable.

Las situaciones que requieren esta intervención son variadas: decisiones sobre limitación del esfuerzo terapéutico, conflictos entre la voluntad del paciente y la recomendación del equipo médico, dilemas en torno al consentimiento informado cuando la capacidad de decisión del enfermo está comprometida, o desacuerdos entre familiares sobre la atención al final de la vida. Nada de eso admite respuestas automáticas.

Origen y desarrollo de la consultoría ética hospitalaria

La figura surgió en Estados Unidos durante los años setenta y ochenta del siglo XX, al calor de casos judiciales que pusieron de manifiesto la necesidad de disponer de asesoramiento ético dentro de los propios hospitales. En 1992, la Joint Commission on Accreditation of Healthcare Organizations recomendó que todos los centros hospitalarios contaran con algún mecanismo para abordar cuestiones éticas, y muchos optaron por crear comités de ética asistencial (CEA).

Con el tiempo, algunos hospitales detectaron que los comités, por su composición amplia y su funcionamiento periódico, no siempre podían responder con la agilidad que exige un conflicto ético agudo en planta. De ahí surgió la figura del consultor individual, capaz de acudir a la cabecera del paciente en un plazo de horas, revisar el caso con el equipo tratante y emitir una recomendación documentada. En España, los primeros servicios de consultoría ética individual aparecieron ya en el siglo XXI, aunque su implantación sigue siendo desigual.

Diferenciación con el comité de ética asistencial

El comité de ética asistencial es un órgano colegiado, multidisciplinar, que se reúne con periodicidad establecida y aborda tanto casos clínicos como la elaboración de protocolos y directrices institucionales. El consultor de ética, en cambio, actúa de forma individual y con mayor inmediatez. Ambas figuras no compiten: se complementan. El consultor puede elevar al comité los casos que requieran deliberación más amplia, y el comité puede apoyarse en el consultor para el seguimiento de sus recomendaciones en la práctica diaria.

Hay que distinguir también al consultor de ética del asesor jurídico. El primero analiza los valores morales implicados en la decisión; el segundo se ocupa de la legalidad del procedimiento. Coinciden en algunos terrenos, pero sus marcos de análisis son distintos.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar una consulta de ética clínica?

Cualquier profesional sanitario implicado en el caso, y en muchos centros también el propio paciente o sus familiares. No es un recurso reservado a los médicos.

¿La recomendación del consultor de ética es vinculante?

No. La recomendación es orientativa. La responsabilidad de la decisión final recae en el equipo asistencial y, en última instancia, en el paciente o su representante legal.

¿Qué formación necesita un consultor de ética?

En 2000, un informe de referencia publicado en Annals of Internal Medicine estableció las competencias nucleares del consultor: conocimientos de bioética y derecho sanitario, habilidades de facilitación y mediación, y capacidad para analizar casos complejos desde perspectivas múltiples. No existe aún una titulación reglada unificada a nivel internacional, aunque varios programas de máster y certificación lo abordan.

Referencias

  1. Beca, J.P. Consultores en ética clínica y sus funciones. Centro de Bioética, Universidad del Desarrollo.
  2. Zapatero Ferrándiz, A. et al. El consultor de ética. Medicina Clínica, 2017.
  3. González-González, E. et al. Percepción de utilidad de un servicio de consultoría ética clínica. Revista Clínica Española, 2022.
  4. Universidad de Navarra. Comités de ética de hospital. Unidad de Humanidades y Ética Médica.

Entradas relacionadas en el diccionario

Puede ampliar esta información con estas definiciones del Diccionario médico:

  • Ética: rama de la filosofía que estudia los principios morales que rigen la conducta humana.
  • Consentimiento: autorización del paciente tras recibir información suficiente sobre una intervención sanitaria.
  • Confidencialidad: deber del profesional sanitario de proteger la información clínica del paciente.
  • Secreto médico: obligación ética y legal de no revelar datos obtenidos en el ejercicio de la profesión.
  • Consultante: persona que solicita valoración o asesoramiento a un profesional sanitario.

La información proporcionada en este Diccionario Médico de la Clínica Universidad de Navarra tiene como objetivo principal ofrecer un contexto y entendimiento general sobre términos médicos y no debe ser utilizada como fuente única para tomar decisiones relacionadas con la salud. Esta información es meramente informativa y no sustituye en ningún caso el consejo, diagnóstico, tratamiento o recomendaciones de profesionales de la salud. Siempre es esencial consultar a un médico o especialista para tratar cualquier condición o síntoma médico. La Clínica Universidad de Navarra no se responsabiliza por el uso inapropiado o la interpretación de la información contenida en este diccionario.
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