Custodia compartida o individual cuando falla el matrimonio

Una de las decisiones más dolorosas de un matrimonio es determinar que ha llegado al final y que el único camino viable es el divorcio.

Es difícil por todo lo que esto acarrea, pero sobre todo por cómo afecta a los hijos. Optar por el tipo de custodia –individual o compartida− será fundamental para su bienestar.

La mayoría de las rupturas se producen entre los cinco y quince años: si el matrimonio tiene hijos, son aún pequeños. Cerca de cincuenta mil niños sufren directamente la disolución de la convivencia de sus padres.

Ante esta situación, bien con acuerdo de los padres bien por decisión de un juez, hay que proceder a organizar las nuevas condiciones en las que se desarrollará la vida de los niños. Se empieza por la asignación de una pensión alimenticia para la manutención de los  hijos. Hasta ahora, en el 75 por ciento de los casos corre a cargo del padre y solo en un cinco por ciento de la madre.

En cuanto a la custodia de los menores, en el 2014 se ha experimentado un aumento cercano al 20 por ciento de las custodias compartidas, con 11.401 casos. De todas formas, se sigue manteniendo como mayoritaria la opción por la que la madre tiene la custodia de los hijos (en 2014, 39.116 casos).

Los motivos por los que se rompe un matrimonio son múltiples. Más allá de cuestiones argumentales relacionadas con el sentido y la finalidad que dan los novios al matrimonio, lo que predomina en la mayoría de casos es un problema de comunicación. La falta de entendimiento en cuestiones a veces banales y otras no tanto, va menguando de forma paulatina la confianza de los esposos en la propia relación, y de aquí se deriva en un distanciamiento emocional que les conducirá a la separación, cada vez más residual desde la aprobación de la llamada Ley de divorcio express, y al divorcio.

Cuando hay poca comunicación, el matrimonio no supera los contratiempos. No obstante, a pesar de que la relación conyugal se debilite, algunos esposos tratan de “sobrevivir” a la situación ejerciendo únicamente su rol de padres. Es decir, pueden llevar más o menos vidas paralelas con su cónyuge, pero se afanan por mantener elevado el escalafón de la paternidad y la maternidad.

Por contra, también se pueden observar matrimonios deshechos que todavía mantienen la convivencia, aunque solo uno de los progenitores ejerce como tal. También existen, por desgracia para los hijos, esposos que invadidos por su individualismo no se preocupan demasiado por los niños, y estos deben ser acogidos por abuelos, otros familiares, allegados o incluso por los servicios sociales de la zona.

Sea cual fuere la situación, los hijos siempre son los más débiles, y a ellos se les debe proteger para que su desarrollo personal y psicológico no se vea mermado por una situación de la que ellos no son culpables.

Su custodia debería ser el principal problema a resolver ante un divorcio. De su adecuada decisión dependerá el beneficio o perjuicio de la vida de los menores. Y en esta situación solo caben dos respuestas: o se decide una custodia compartida o una individual.

En la actualidad, se opta en la mayoría de los casos por esta última, aunque en principio los estudios demuestran que ningún tipo de custodia es más beneficioso que otro para el menor. Los expertos están de acuerdo en que la ausencia prolongada de uno de los progenitores del hogar puede crear un malestar emocional al menor.

En la custodia individual puede existir una disminución de la implicación del progenitor que no convive habitualmente con el hijo, bien por una desvinculación irresponsable o por un excesivo control del acceso por parte del conviviente.

En cualquier caso, el hijo es el que sufre las disputas de sus padres y sus consecuencias, de forma que pueden aparecer desde cuadros de ansiedad e inseguridad hasta actitudes de rechazo injustificado hacia el progenitor no custodio.

Algunos estudios realizados en la década de los noventa en Estados Unidos afirman que la custodia compartida condiciona un mejor ajuste psicológico para las niñas, mientras que en el caso de los varones el beneficio lo obtienen con la custodia individual. Por otro lado, el nivel de conflicto de los cónyuges previo al divorcio suele ser elevado.

La alteración de la comunicación intraconyugal, aludida anteriormente, se asocia en muchos casos a actitudes defensivas que dan paso a provocaciones y desprecios hacia el cónyuge que acaban finalmente en la evitación del contacto.

Podría resultar difícil, por tanto, que un matrimonio con este grado de conflictividad fuera capaz de mantener el equilibrio, cordura, sensatez y grado de comunicación necesarios para estabilizar estados convivenciales y educativos en la alternancia de la custodia de los hijos. Existen demasiadas variables que entran en juego antes, durante y después del divorcio para promover un modelo custodial generalizado. Parece sensato que cada caso se estudie en profundidad.

Se deberían promover desde los tribunales recursos encaminados a mejorar el conocimiento del grado de conflicto antes de la separación y su ajuste, el grado de vinculación y proximidad de los niños respecto de sus padres, el sexo y la edad de los menores, las actitudes y desempeño de los progenitores en la crianza y cuidado de los hijos durante el conflicto, la personalidad de los cónyuges, el ajuste sociofamiliar, etc… para decidir el tipo de custodia que se debe indicar. Lo contrario puede acarrear múltiples perjuicios para los hijos, sujetos indefensos del proceso.

Unidad de Diagnóstico y Terapia Familiar. Departamento de Psiquiatría y Psicología Médica. Clínica Universidad de Navarra
Artículo publicado en la revista Hacer Familia. Febrero 2016